martes

ESCRITURACIÓN GRATUITA DE TIERRAS EN EL DISTRITO PACEÑO

El gobierno del intendente Carlos Urquiaga a través de la Dirección General de Casa de Tierras de José C. Paz, le otorga al vecino paceño la posibilidad de realizar el trámite gratuito  y la  entrega de Actas de Escrituras, en el marco de la Ley 24.374 de Regularización Dominial.
“Es muy importante que cada familia tenga el título de su casa,  porque cada uno puede ejercer su derecho de ser propietario, es un trabajo silencioso que se viene realizando permanentemente para asegurar los derechos de las personas, esto nunca lo vamos a dejar de hacer, de lo contrario no tendría sentido todo lo luchado hasta el presente”, aseguró el Intendente Urquiaga.                   
Hasta la fecha se han entregado más de 800 actas en esta gestión, tal como lo establece la Ley 24.374: “ARTICULO 1.- Gozarán de los beneficios de esta ley los ocupantes que acrediten la posesión pública, pacífica y continua, durante tres años con anterioridad al 1 de enero de 1992, y su causa lícita, de inmuebles urbanos que tengan como destino principal el de casa habitación única y permanente, y reúnan las características previstas en la reglamentación. ARTICULO 2.- Podrán acogerse al régimen, procedimientos y beneficios de esta ley, en el orden siguiente: a) Las personas físicas ocupantes originarios del inmueble de que se trate; b) El cónyuge supérstite y sucesores hereditarios del ocupante originario que hayan continuado con la ocupación del inmueble; c) Las personas, que sin ser sucesores, hubiesen convivido con el ocupante originario, recibiendo trato familiar, por un lapso no menor a dos años anteriores a la fecha establecida por el artículo 1, y que hayan continuado con la ocupación del inmueble; d) Los que, mediante acto legítimo fuesen continuadores de dicha posesión. ARTÍCULO 3.- Los beneficiarios del presente régimen gozarán del beneficio de gratuidad en todos los actos y procedimientos contemplados en esta ley, los que fijare la reglamentación o la autoridad de aplicación en sus respectivas jurisdicciones. En ningún caso constituirán impedimentos, la existencia de deudas tributarias, impositivas o de tasas que recaigan sobre el inmueble, ya sean de jurisdicción nacional, provincial o municipal, con excepción de la contribución especial establecida por el artículo 9 de la presente ley. ARTICULO 4.- Quedan excluidos del régimen de la presente ley: a) Los propietarios o poseedores de otros inmuebles con capacidad para satisfacer sus necesidades de vivienda; b) Los inmuebles cuyas características excedan las fijadas en la reglamentación”.

Respecto a las obras que se están realizando, Urquiaga afirmó: “estamos profundizando el trabajo de todo el equipo para satisfacer las necesidades del distrito. Se está pavimentando la Ruta 197, en poco tiempo ya va a estar nueva, con 5 kilómetros de corredor aeróbico y bici senda. Es una de las obras más importantes en cuanto a rutas en la región en éstos últimos 50 años. También, un tema muy importante es que la extensión de la red de cloacas en esta primera etapa contempla alrededor de 65.000 vecinos; es una obra muy importante para el distrito, ya fueron enterrados 5 kilómetros de cloacas,  vamos avanzando rápidamente en ese sentido”.